I. DATOS BÁSICOS
Población: es un dato suministrado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
La población de las provincias es la base para determinar el número de diputados a elegir en cada una de ellas en las elecciones al Congreso de los Diputados. Después de la adjudicación de 102 escaños, 2 a cada una de las 50 circunscripciones provinciales, más 1 a Ceuta y 1 a Melilla, los 248 escaños restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a la población.
La población del municipio es la base para determinar también el número de concejales que se eligen en cada municipio.
Censo Electoral: los datos del censo electoral los suministra la Oficina del Censo Electoral (OCE), órgano encuadrado en el INE, que está dirigido y supervisado por la Junta Electoral Central (LOREG, artículos 19 y 29).
El censo electoral es permanente y se actualiza mensualmente (LOREG, artículo 34). La inscripción de los ciudadanos españoles en el censo electoral es obligatoria y automática, mientras que la inscripción de los extranjeros residentes en España que pueden votar en las elecciones municipales y europeas es optativa, siendo éstos los que tienen que solicitarla.
Para consultar con más detalle los datos y la normativa referente al censo electoral se puede ir a la página www.ine.es
Número de Municipios: es un dato suministrado por el INE.
Número de Mesas: es un dato fijado por el INE según los criterios recogidos en la LOREG (artículo 23).
Clases de Censo Electoral: El censo electoral está compuesto por el censo de los electores residentes en España, por el censo de los electores residentes-ausentes que viven en el extranjero, y en determinadas elecciones, por el censo de los extranjeros que residen en España.
Censo CER: Censo de Electores Residentes. Llamado también censo ordinario y engloba a todos los electores españoles residentes en el territorio nacional. Son inscritos de oficio por la OCE en las listas de las secciones electorales de su lugar de residencia.
Censo CERA: Censo Electoral de Residentes Ausentes. En este censo figuran los ciudadanos de nacionalidad española ausentes del territorio nacional que están oficialmente residiendo en un país extranjero (para lo cual deben de estar inscritos en un Registro consular).
Censo CERE: Censo Electoral de Residentes Extranjeros. En él figuran inscritos los ciudadanos extranjeros residentes oficialmente en España, pertenecientes a los Estados miembros de la Unión Europea o también, los ciudadanos de otros Estados que hayan suscrito con España acuerdos (Tratados) de reciprocidad.
Los nacionales que sean ciudadanos de los Estados de la UE, pueden estar inscritos en el censo electoral de las elecciones al Parlamento Europeo y de las elecciones Municipales, mientras que los de los otros Estados, firmantes de convenios, pueden estar inscritos en el censo electoral de las elecciones Municipales. En ambos casos la inscripción en el censo debe de ser solicitada por el propio elector.
Censo Total: es la suma de todos los Censos electorales previstos para cada proceso electoral. Así:
Elecciones Generales: CER + CERA (desde las Elecciones Generales de 1986, una vez aprobada la LOREG en 1985).
Elecciones Municipales: CER + CERA (desde las Elecciones Municipales de 1987) + CERE (desde 1995).
Elecciones al Parlamento Europeo: CER + CERA + CERE (sólo electores de la UE).
Referéndum: CER + CERA.
II. TIPOS DE RESULTADOS ELECTORALES
Resultados de la Base de Datos: el Ministerio del Interior ofrece los resultados electorales definitivos en soporte informático, procedentes del escrutinio general llevado a cabo por las Juntas Electorales. Los resultados incluidos en la web electoral, son los correspondientes a los procesos de ámbito estatal cuya organización y ejecución compete al Gobierno central y a la administración del Estado.
En España, el Ministerio del Interior es el órgano que conserva el archivo histórico de resultados electorales de las elecciones de su competencia que se han celebrado desde 1977.
Resultados Definitivos: los resultados definitivos son los que resultan después de efectuado el escrutinio general (LOREG artículo 103) que se realiza por las Juntas Electorales que correspondan, a partir del tercer día posterior a la votación en la jornada electoral.
Primero se lleva a cabo el escrutinio del voto CERA (en el caso de Generales, Parlamento Europeo y Referéndum), posteriormente se procede al recuento del número de votos que figuran en las actas de las mesas electorales, y finalmente, a la resolución de las reclamaciones o impugnaciones.
Los resultados definitivos son publicados en el BOE por la Junta Electoral Central, cuarenta días después de finalizado el escrutinio general por las Juntas Electorales Provinciales. En el caso de las elecciones municipales, el escrutinio general lo realizan las Juntas Electorales de Zona.
Resultados Provisionales: en las elecciones de ámbito estatal es competencia del Ministerio del Interior la centralización de los resultados de la votación, provenientes del recuento de las papeletas, efectuado al cierre de los colegios en todas las mesas electorales.
En la noche electoral el Ministerio del Interior difunde, en consecuencia, los resultados provisionales, que son los votos válidos (votos a candidaturas y votos blancos) más los votos nulos, escrutados en las mesas una vez finalizada la votación a las 20 horas.
Estos resultados en el caso de las elecciones Generales, elecciones al Parlamento Europeo y Referendos corresponden al voto de los electores residentes en España (en las elecciones municipales incluyen el voto CERA) y por lo tanto son resultados no definitivos ya que posteriormente las Juntas Electorales efectúan el recuento de los votos llegados desde fuera de España (los votos RAE, siglas que significan Residentes Ausentes en el Extranjero) y resuelven también las impugnaciones y reclamaciones que hayan podido surgir durante el escrutinio de los votos en las mesas.
III. PARTICIPACIÓN ELECTORAL
Avances de Participación: durante la jornada electoral, que permite votar en los colegios electorales durante once horas (de 9 a 20 horas), el Ministerio del Interior difunde datos parciales sobre el número de votantes que han acudido a las urnas tanto por la mañana como por la tarde y finalmente datos sobre el total de votantes contabilizados en la jornada de votación.
Estos datos se ofrecen en datos absolutos y en porcentaje (sobre la base del censo CER).
Los Avances recogen los datos de afluencia a las urnas entre las 9 horas y las 14 horas y entre las 9 horas y las 18 horas (hasta las elecciones generales de 1982 la información del primer avance se recogió a las 15 horas en lugar de a las 14).
Participación a las 20 horas: este dato recoge el número de votantes registrado al final de la votación en las mesas electorales y comprende también el voto por correo de los electores CER; pero está excluido el voto CERA, salvo en las elecciones municipales que sí lo incluye (LOREG, artículo 190).
IV. DATOS DE CANDIDATURAS
Denominación de las candidaturas: figuran las Siglas y la denominación completa de cada candidatura.
Votos absolutos: total de votos recibidos por cada una de las candidaturas proclamadas en cada proceso electoral.
Estas cifras absolutas recogen el voto de todos los electores que han votado independientemente de su inscripción en los diferentes tipos de censo electoral. La base de datos permite conocer también el voto a candidaturas de los votantes inscritos en el censo CERA (en el caso de elecciones Generales, al Parlamento Europeo y a los Referendos).
Votos absolutos en elecciones municipales para municipios entre 250 y 100 habitantes: El cálculo se realiza extrapolando la fórmula que aparece en el artículo 205.2, de la LOREG. El número de votos de cada candidatura se obtiene dividiendo la suma de los votos de cada uno de los miembros de la candidatura entre el número de candidatos que formaban la correspondiente lista hasta un máximo de cuatro.
Cálculo de totales por candidatura Número de miembros de la candidatura Fórmula de cálculo 5 Suma de los votos de los candidatos
44 Suma de los votos de los candidatos
43 Suma de los votos de los candidatos
32 Suma de los votos de los candidatos
21 Votos del único candidato
Votos en porcentaje: los datos que se ofrecen son los porcentajes de votos que han obtenido las diferentes candidaturas sobre el censo electoral, sobre los votos válidos (compuestos por los votos a candidaturas más los votos en blanco) o sobre el total de votos obtenidos por todas las candidaturas.
Representantes obtenidos: el número de representantes obtenidos por las candidaturas figuran al lado de los votos absolutos y de los porcentajes de votos.
Sistema Electoral: En España, la adjudicación de los puestos electivos directos en las elecciones al Congreso de los Diputados, en las Municipales, en las elecciones al Parlamento Europeo (PE) (y también en las Autonómicas) se hace a través de la fórmula proporcional de divisor según el método D'Hondt. La fórmula de D'Hondt consiste en dividir el número de votos de cada candidatura en la circunscripción por la serie de los números naturales 1, 2, 3, 4, 5, ... (LOREG, artículo 163), y en atribuir los puestos electivos a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores. Las circunscripciones para las elecciones al Congreso son 52 (las 50 provincias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla), mientras que para las elecciones municipales la circunscripción es el municipio, y para las elecciones al PE todo el territorio nacional es una única circunscripción. El umbral electoral legal o barrera de exclusión varía: es el 3% de los votos válidos en cada circunscripción en las elecciones al Congreso de los Diputados y el 5% en las Municipales. En las elecciones al Parlamento Europeo no existe barrera electoral.
En el caso del Senado, de las elecciones Municipales para los municipios de menos de 250 habitantes, y en Ceuta y Melilla en las elecciones al Congreso, el sistema electoral es mayoritario.
V. NIVEL DE DESAGREGACIÓN
Desagregación territorial: la base de datos permite obtener resultados desagregados en diferentes escalas para todos los procesos electorales incluidos en ella: escala de Provincia (las 50 provincias son las circunscripciones en las elecciones al Congreso de los Diputados además de las 2 Ciudades autónomas), escala de Municipio (cada municipio es una circunscripción electoral en las elecciones Locales) y escala de Comunidad Autónoma. En las grandes capitales la desagregacién desciende hasta la escala de Distrito municipal.
Procesos incluidos: los procesos electorales incluidos en la base de datos del Ministerio del Interior son los que figuran en las pestañas del menú de inicio: Congreso de los Diputados, Senado, Municipales, Parlamento Europeo, Referéndum y Cabildos Insulares.
Hay que recordar que en algunos de estos procesos se eligen diferentes tipos de representantes por elección directa. Así: Diputados y Senadores en las elecciones Generales, Concejales y Consejeros de Cabildos Insulares en Canarias en las Locales.
En las elecciones Municipales, en los municipios menores de 250 habitantes, se visualizan también los resultados obtenidos por los diferentes candidatos que han presentado cada una de las candidaturas. Esta diferencia responde a los diferentes procedimientos establecidos en la LOREG para unos y otros municipios (artículo 179, apartado 1 y 2, y artículo 184).
Selección múltiple de datos: la base de datos electoral permite al usuario, efectuar selecciones de distintos ámbitos pudiendo llegar a un nivel de desagregación que alcanza hasta el municipio.
VI. CÁLCULO DE PORCENTAJES
El cálculo de estos campos se hace de la siguiente manera:
| Cálculo del Porcentaje | Sobre |
|---|---|
| Votantes de los avances de participación 14, 18 y 20 h. | Censo sin CERA |
| Votantes CERA | Censo CERA |
| Total votantes | Censo electoral total |
| Abstención | Censo electoral total |
| Votos válidos | Total votantes |
| Votos nulos | Total votantes |
| Votos a candidaturas | Votos válidos |
| Votos en blanco | Votos válidos |
| Votos de cada una de las candidaturas | Censo electoral total Votos válidos Votos a candidaturas |
VII. EXPLOTACIÓN DE LOS DATOS
Los resultados ofrecidos permiten su explotación a través de diferentes salidas. Se pueden imprimir directamente utilizando el icono "impresión", se pueden también presentar los datos en formato pdf, o bien se puede optar por descargar los datos en Excel y poder utilizar las posibilidades que ofrece una hoja de cálculo.



